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Por qué es bueno que se haya elegido el NO

Antes que nada, me gusta explicar las cosas de forma simple, como entendemos la mayoría, por lo que:

Primero quiero aclarar que la votación por el sí o por el no de la reforma del artículo 221 de la Constitución Provincial de la Provincia de Mendoza fue para saber la opinión del ciudadano respecto a dicha reforma. O sea, que tuvimos voz pero no voto. O una encuesta para decirlo de otra forma. Esto significa que si se quiere, se puede modificar o no por parte del poder legislativo, independientemente de la votación del ciudadano. Es como para saber qué opción prefiere más el pueblo para saber cómo actuar en cualquier caso.

Segundo, en pocas palabras, el SÍ a la reforma de dicho artículo y su posterior implementación significa que para futuros cambios, totales o parciales de la Constitución Provincial, hará falta el apoyo del 50% más uno de la cantidad de votantes efectivos, a diferencia de que si gana el NO, en lo cual hará falta el 50% más uno de la cantidad de votantes habilitados (de los cuales va a votar un 80% o menos). O sea, significa que si se quiere modificar la Constitución, será más fácil hacerlo si el actual artículo 221 es modificado (lo cual no sucedió este domingo).

¿Por qué fue bueno que haya salido el NO?

Porque el facilitar la tarea a los políticos para que modifiquen la Constitución es casi como darles un cheque en blanco. Si fueran políticos confiables, no habría problema, pero ya sabemos que si hacen algo, va a ser primero en conveniencia de ellos.

Porque para cambiar algo, primero se tiene que haber cumplido con lo antes establecido. Es como expandir una empresa inestable, o como ampliar una casa sin que le funcione bien el baño o la electricidad.

Porque es mejor tener una Constitución rígida, gracias a eso Mendoza no tiene re-elección del gobernador, menos que menos re-elección indefinida.

Porque en dos provincias vecinas podemos ver el ejemplo de la autorización a modificarla. En el caso de San Juan se ha aprobado la re-elección indefinida, haciendo que Gioja asuma un tercer mandato. Y en el caso de San Luís, hace bastante tiempo que está la misma familia, gracias a su Constitución, que no solo permite re-elección indefinida, sino también que sea electo inmediatamente alguien de la familia con vínculo directo (la Constitución de Mendoza no acepta ni una ni otra opción).

También no es de mi agrado ver cómo usan en estas provincias argumentos como “dar más lugar a pueblos originarios” o “para que mejore el acceso tecnológico”, lo cual es de sobra sabido que son pantallas para, como dije antes, hacerla a conveniencia de la clase dirigente.

Me parecen respetables, pero no por ello los comparto, los argumentos del periodista del MDZ, Jorge Fernández Rojas, los cuales escuché el domingo de elecciones por la radio del mismo medio, entre los cuales argumentaba que: la Constitución es del año 1916, que es bastante lejana,  que hay que modernizarla, que fue hecha en un momento político y social tumultuoso de la política mendocina, etc. Pero, a mi entender, no es importante el contexto histórico, sino si hoy en día realmente hace falta un cambio o no.

En resumen: Si nuestros dirigentes fueran respetables, sería más fácil confiar en ellos, pero no lo son, o sea, primero que nos demuestren coherencia y honestidad. Además no se trata de no dejárla modificar, sino de no hacérsela tan fácil. Hay cosas que no se cumplen en la Constitución actual, primero que se cumpla y después que se amplíe o cambie, porque las cosas que no se cumplen no es porque estamos en una época distinta o porque no se puede. Entre algunos de los artículos que no se cumplen:

Artículo 1°

(…)

Sus yacimientos de hidrocarburos líquidos y gaseosos, como así también toda otra fuente natural de energía sólida, líquida o gaseosa, situada en subsuelo y suelo, pertenecen al patrimonio exclusivo, inalienable e imprescriptible del Estado Provincial. Su explotación debe ser preservada en beneficio de las generaciones actuales y futuras.

(…)

Art. 23 – Las cárceles son hechas para seguridad y no para mortificación de los detenidos, y tanto éstas como las colonias penales, serán reglamentadas de manera que constituyan centros de trabajo y moralización.

Todo rigor innecesario hace responsables a las autoridades que lo ejerzan.

Art. 33 – (…)

La Legislatura no podrá establecer impuestos que graven en cualquier forma, los artículos de primera necesidad, salvo cuando ellos respondiesen a exigencias de la salubridad pública

Art. 45 – La Legislatura dictará una ley de amparo y reglamentaria del trabajo de las mujeres y niños menores de dieciocho años, en las fábricas, talleres, casas de comercio, y demás establecimientos industriales, asegurando en general, para el obrero, las condiciones de salubridad en el trabajo y la habitación.

(…)

SECCION II

Art. 49 – La representación política tiene por base la población.

SECCION IV – CAP. III

Art. 128 – El gobernador es el jefe del Poder Ejecutivo y tiene las siguientes atribuciones y deberes:

(…)

Es agente inmediato y directo del Gobierno nacional para hacer cumplir en la Provincia la Constitución y las leyes de la Nación.

Y este artículo es el que más me preocupa, ya que tiene amplias posibilidades de ser modificado (el cual sí se cumple):

Art. 115 – El gobernador y el vicegobernador no podrán ser reelegidos para el período siguiente al  de su ejercicio.

Tampoco podrá el gobernador ser nombrado vicegobernador, ni el vicegobernador podrá ser nombrado gobernador.

No podrán ser electos para ninguno de estos cargos, los parientes de los funcionarios salientes, dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad.

El gobernador tampoco podrá ser electo senador nacional hasta un año después de haber terminado su mandato.

Como último punto, hay mucha gente que no sabía de qué se trataba esta elección en particular, y fuera de toda crítica a las razones de eso, cuando no se sabe algo, es mejor dar el voto negativo antes que dar apoyo a algo que no sabemos de qué se trata.

No solo me gusta tratar de exponer con argumentos mi posición, sino también abrir el debate si es necesario.

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