En días donde la opinión popular se manifiesta en la comodidad de las redes sociales, una manifestación, protestas y cortes de rutas de la magnitud que se están viviendo estos días pasaran a los libros de historia sin lugar a dudas.
En esta nota me propongo informar sobre otros puntos preocupantes ante la posibilidad de explotaciones mineras en nuestra provincia:
Minería a cielo abierto
Para entender mejor de qué estamos hablando explicaré donde se usan los químicos que generan preocupación, la explotación que en sí misma tiene varias etapas que son descritas en el trabajo de Daniel Rubén Nuñez:
Extracción: A partir de toneladas de suelo rico en minerales de la montaña, usando inicialmente explosivo de alta impacto, cavando hoyos de 700 metros de profundidad, con un diámetro de más de 2000 metros con maquinarias, herramientas e implementos importados.
Traslado: Por medio de camiones de gran envergadura estos minerales son llevados a zonas cercanas, armando grandes montículos de escombreras de roca triturada que pueden tener 7 Km. de largo, 2 Km. de ancho y 500 metros de altura, construidas sobre una plataforma de geomembrana que debe evitar filtraciones.
Lixiviación: Las escombreras mencionadas anteriormente son regadas con un caldo químico compuesto generalmente con toneladas de cianuro de sodio, ácido clorhídrico, ácido sulfúrico, soda cáustica y litargirio (óxido de plomo), según el mineral que se pretenda extraer, para provocar la amalgación de los minerales. Este caldo químico solo puede actuar en el mineral en presencia previa de grandes cantidades de agua por hora, que haya empapado miles de toneladas de mena. Hay que regar cerros rearmados de toneladas de minerales con miles de litros de agua tomada de cauces superficiales y subterráneos.
Aquí tenemos dos productos, por llamarlos de alguna manera:
Residuos: Las toneladas de residuos estériles: tierra empobrecida e inútil y toneladas de agua contaminada, se contienen en diques de cola, construidos especialmente para contener por cientos de años las colas químicas en la alta montaña.
Mineral concentrado: El mineral concentrado en solución en cinta se traslada por mineraloductos hasta la zona de industrialización. Allí se recupera el metal refinado usando dos posibles métodos: el uso del zinc asociado al plomo, o con carbón activado con soda cáustica. Se traslada luego hasta puertos cercanos para su exportación, donde serán procesados.
Hasta aquí se ha buscado describir el proceso y algunas características de este tipo de emprendimientos, tratando de dejar su impacto ambiental de lado, por el momento queremos dejar en claro que las alteraciones de este tipo de emprendimientos son muy importantes, tanto en el lugar donde se instalan como en sus alrededores, ya sea por las modificaciones que producen en el relieve, cómo por la generación de residuos de la extracción y a veces por las fallas en la contención de los químicos utilizados.
Cuando finalizan las explotaciones por agotamiento del mineral, se termina el tiempo de concesión de la explotación o ésta va agotando frentes y abriendo otros nuevos, las industrias mineras estarían obligadas a restaurar, en la medida de lo posible, los suelos ocupados y el medio alterado.
Si hablamos de restaurar resulta prácticamente imposible recuperar un lugar alterado por la minería a cielo abierto por lo que este tipo de rehabilitación es de tipo compensatorio, con esto queremos decir que es imposible que quede tal cual como era antes de la explotación.
Antecedentes en la provincia
La minería en Mendoza no es un tema nuevo y desde hace mucho despierta controversias, el antecedente más llamativo y conflictivo que podemos citar es el caso de Sierra Pintada.
En este caso el mineral que se extrajo es concentrado de uranio, obviamente para producir posteriormente energía nuclear, y en similitud con el caso que motiva este trabajo es también a cielo abierto y por medio de lixiviación, aunque para este mineral se utiliza ácido sulfúrico.
El yacimiento y la planta para el tratamiento se encuentran en el paraje Sierra Pintada (de ahí el nombre del emprendimiento) en el distrito de Cuadro Benegas, departamento de San Rafael.
Esta planta estuvo en funcionamiento por 19 años, desde 1976 a 1995, el porqué de la desactivación de la planta (y del desguace de la Comisión Nacional de Energía Atómica) es explicado en detalle en el trabajo de Eduardo Gonzáles, en él explica que realmente fue cerrada porque era más rentable importar el mineral que explotarlo, pero el punto determinante para que esto sucediera fue el accionar de los funcionarios gubernamentales que cedieron a las presiones externas, sobre todo el presidente Carlos Menem con sus políticas neoliberales. Más adelante veremos cómo también afecto la legislación de la minería en general.
Los manejos de este gobierno permitieron arruinar años de trabajo del mismo Estado, según el trabajo de Gonzáles, su desempeño cuando poseía y administraba las plantas de producción de energía nuclear, fue excelente y eficiente, llegando inclusive a promover la investigación y desarrollo de nuevas tecnologías en este campo.
Volviendo al problema, este surge cuando al ser desactivada la planta en San Rafael los desechos quedaron a cielo abierto sin ser tratados.
Es claro que este mineral se encuentra presente en nuestros ecosistemas, entonces ¿Cómo se convierte en un riesgo? Según el trabajo de Mónica Bignert y Noelia Juárez9 esto sucede cuando se desborda la capacidad natural de neutralización del mismo porque “(…) lo que contamina no es uranio como elemento de la naturaleza, sino la liberalización, provocada por la acción del hombre, de este elemento en proporciones y lapsos diferentes a lo que ocurría espontáneamente”.
En este trabajo podemos encontrar datos de estudios de la UNESCO que advierten que “Ningún nivel de radiación por insignificante que sea, puede considerarse seguro”, e informa algunas de sus consecuencias en la salud que van desde alergias severas y depresión del sistema inmunológico a defectos de nacimiento, tumores sólidos y muerte en la infancia entre otros.
Dada la gravedad del caso se puede pensar que se ha actuado con celeridad y que debe haber un compromiso social de la población de San Rafael, pero la verdad es que desde el gobierno el organismo oficial, la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA), cometió serias irregularidades inclusive denunciadas por personas que pertenecían a la entidad y todavía no soluciona el problema, lo que es peor ni siquiera se presenta a dar explicaciones “El organismo nacional realizó una intensa campaña citando a la reunión y al final no se presentó” en lo que continua del artículo se aclara que no explicaron el porqué de la ausencia.
Oportunidad laboral
En la cobertura del Diario los Andes Mendoza de la Argentina Mining 2006, uno de los empresarios manifestó: “Además la minería paga más que esas industrias y registra a sus trabajadores algo que muchos no hacen. Lo que sucede es que la minería es una industria que paga mejor entonces atrae mano de obra y esta situación no es muy agradable para algunas actividades”.
Ante esto debemos rescatar lo expuesto por Fernando Solanas:
“Los puestos de trabajo masivos sólo se registran durante la construcción de las plantas de tratamiento del mineral. Estas obras llevan en promedio unos 26 meses. Luego de finalizadas sólo quedan en el yacimiento el 17% de los empleados. (…) Dentro del esquema de costos, la mano de obra resulta un componente menor al 20% del total de egresos. Y si comparamos los salarios con el monto bruto de facturación, apenas llega al 6% del mismo”.
Pero no solo desmiente la situación sobre los empleos, sino que explica que los aportes al progreso provincial, en lo que respecta a infraestructura, sólo sirven a las propias empresas para que sus yacimientos puedan funcionar, que luego, por la ubicación natural de las minas en lugares generalmente inhóspitos, quedarán abandonados.
Legislación
El cuerpo normativo que ha sido creado en nuestro país es bastante amplio, una característica común que comparten la mayoría de las Leyes es que fueron creadas por el menemismo y luego ratificadas por Kirchner, es así que por el período en que fueron creadas se puede notar una tendencia a delegar responsabilidad y privatizar los emprendimientos.
En cuanto a lo económico el punto de partida es la Ley Nº 24.196 De Inversiones Mineras, su objetivo principal es asegurar las “Condiciones adecuadas para hacer atractivo el ingreso de capitales para la inversión de riesgo en el campo de la minería” (Anexo 3; Fuente 51: Introducción), también busca mejorar la calidad y cantidad de la producción, el abastecimiento de materias primas a las industrias manufactureras, fomenta la creación de puestos de trabajo y mejoras tecnológicas, entre otras.
Entre los beneficios que proporciona se encuentran: la estabilidad fiscal por30 años, situación que no puede ser modificada por las provincias, si lo hicieren deberán reintegrar lo recaudado al contribuyente y la deducción en el balance impositivo del ciento por ciento del impuesto a las ganancias de los montos invertidos en trabajos destinados a determinar la factibilidad técnico económica del emprendimiento.
En lo que respecta al aporte a la nación lo más importante radica en los artículos siguientes:
“Las provincias que adhieran al régimen de la presente ley y que perciban regalías o decidan percibir, no podrán cobrar un porcentaje superior al tres por ciento (3%) sobre el valor ‘boca mina’19 del mineral extraído” (Artículo 22).
Y continúa:
“Se define el valor ‘boca mina’ de los minerales y/o metales declarados por el productor minero, como el valor obtenido en la primera etapa de su comercialización, menos los costos directos y/u operativos necesarios para llevar el mineral de boca mina a dicha etapa, con excepción de los gastos y/o costos directos o indirectos inherentes al proceso de extracción” (Artículo 22 bis).
El problema específicamente no es ese pequeño porcentaje que se cobra, y que aunque fuera mucho mayor la situación seguiría siendo igual, por que como se puede ver en la segunda cita, la cantidad es manifestada por declaración jurada del productor minero y él puede hacer constar lo que le quede mejor.
Lamentablemente, en la Ley que se creó para modificarla, la Ley Nº 25.429 Modificatoria de la Ley de Inversiones, no se incluye nada sobre esta situación. En realidad hace especificaciones sobre los emprendimientos mineros que podrán gozar de la estabilidad fiscal y cómo pueden hacerlo (Artículo 2), sobre amortizaciones impositivas a las ganancias de los nuevos emprendimientos (Artículo 3), y también otorga más beneficios como la exención del pago de los derechos a la importación y de todo otro derecho por la introducción de bienes de capital, equipos especiales y de los insumos para la ejecución de sus actividades (Artículo 5).
En cuanto al impuesto al valor agregado, más popularmente conocido como I.V.A., la norma específica es la Ley Nº 24.402, que establece un beneficioso financiamiento a “Las operaciones de compra o importación definitiva de bienes de capital nuevos” y a “Las inversiones realizadas en obras de infraestructura física para la actividad minera (…)” (Artículo 1), pero se debe aclarar que sólo rige “(…) en tanto los mismos sean destinados al proceso productivo orientado hacia la venta en el mercado externo (…)”(Artículo 2), situación no muy favorecedora para el abastecimiento de las industrias manufactureras nacionales, cosa que, como dijimos, propone la Ley de Inversiones Mineras.
La Ley Nº 24.228 que establece un Acuerdo Federal Minero, con el objetivo de “Afianzar el Federalismo en cuanto al papel que desarrollan los Gobiernos Provinciales como administradores del patrimonio Minero de sus respectivos Estados” (Introducción) En su estructura encontramos que por medio de los Artículos 7, 10 y 11 asegura que todos los beneficios impositivos que se nombraron anteriormente no sean obviados por las provincias y establece que no creen impuestos propios: “Las Provincias propiciarán la eliminación de aquellos gravámenes y tasas municipales que afecten directamente a la actividad minera” (Artículo 9), quedando así asegurado, con el supuesto fin de promover la actividad minera y de evitarles aún más riesgos a sus inversionistas, que no quede prácticamente ganancia ni para la nación ni para las provincias, y que las mismas no puedan hacer algo al respecto.
En síntesis, podemos decir que la legislación nacional tiende a organizar e integrar los organismos para una mejor información dentro del país como así también para con el exterior, es evidente la preocupación por este sector de la economía y son notables los beneficios otorgados a este tipo de emprendimientos, es lógico buscar la estabilidad impositiva para la tranquilidad de los inversores, pero el contexto en que la legislación fue creada ha cambiado en especial a lo que refiere a lo económico, y repetimos es necesario reactualizarla para que el país tenga provecho de la extracción de los minerales que le son propios.
La Ley 7722
Cuando la disconformidad de las comunidades de General Alvear con apoyo de las del Valle de Uco llegó a un punto álgido, en sólo dos días se sancionó con 12 horas de tratativas en el Senado y sólo 10 minutos en la Cámara de Baja, la Ley 7722, de la que se destacaremos su primer Artículo por ser el que puso fin al conflicto en junio de 2007:
“A los efectos de garantizar debidamente los recursos naturales con especial énfasis en la tutela del recurso hídrico, se prohíbe en el territorio de la Provincia de Mendoza, el uso de sustancias químicas como cianuro, mercurio, ácido sulfúrico, y otras sustancias tóxicas similares en los procesos mineros metalíferos de cateo, prospección, exploración, explotación y/o industrialización de minerales metalíferos obtenidos a través de cualquier método extractivo”.
Justamente la modificación de la Ley que se ha sido el origen del conflicto de estos días atiende principalmente a este Artículo permitiendo la utilización de estas sustancias que posibilitan el proceso de lixiviación previamente descrito y por ende la minería a cielo abierto.
Como conclusión
Ante todo lo expuesto nos queda pensar que queremos como provincia y como país, la problemática es compleja.
Tenemos una matriz productiva agotada y desprotegida, abatida por las inclemencias del tiempo y la falta de políticas globales que mejoren la situación de nuestros finqueros, que actualmente reciben centavos por su producción.
Somos un país marcado por un modelo exportador primario, que necesita industria y para ella minerales pero si uno lee la letra no tan chica se puede dar cuenta que la ganancia no está quedando para nosotros, la legislación entrega por centavos y sin riesgos los recursos en nuestras caras. Todo listo para exportar, no para promover nuestro crecimiento integro.
Podría hacer otra nota completa detallando los controles que se estipulan, pero el riesgo es siempre el mismo, podrían poner miles en papel pero es el hombre el que los ejecuta y francamente ¿confían en los políticos de Argentina?
En esa pregunta se resumen todas las preocupaciones y males ¿cuánto van a demorar en hacer la vista gorda en los controles y que ocurra un desastre ambiental?
Bibliografía
- Alvarez, A., Cortellezzi, M., Karake, N., General Alvear, (Geografía de Mendoza. Los departamentos de la provincia y la organización espacial), Mendoza, Ed.
- Diario los Andes, 25 de junio de 1996 hasta el 6 de mayo de 1997, 18 vol.
- Bignert, M., Juárez, N., Las decisiones políticas en el manejo de los recursos naturales. Estudio de un caso: Sierra Pintada. Trabajo final del Seminario de Investigación en Historia, Profesorado de Historia, IES del Atuel. Biblioteca IES del Atuel Nº de inventario: 038, Inédito, San Rafael Mendoza.
- Gónzales, Eduardo, Eligiendo la dependencia. El desguace de la CNEA y la desactivación del CMFSR, Trabajo final del Seminario de Investigación en Historia, Profesorado de Historia, IES del Atuel. Biblioteca IES del Atuel Nº de inventario: 037, Inédito, San Rafael Mendoza, 23 de junio de 2003.
- Nuñez, Daniel, Lo que tanto nos preocupa en San Carlos. En defensa de la VIDA y por AGUA PURA, le decimos NO a la minería contaminante, web site oficial de la Municipalidad de San Carlos, http://sancarloshoy.com.ar/muni/mineria/dan.php
- Secretaría de Minería perteneciente al Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Presidencia de la Nación, http://www.mineria.gov.ar/economia/productosporempresa.xls?titpag=Economía%20Minera
- Solanas, Fernando, «El despojo de los metales argentinos», Realidad Económica, Nº 227, 1º de abril al 15 de mayo de 2007, pp. 7-38.
- La legislación la pueden encontrar en la web
excelente nota!
Excelente Pauli!!!
Impresionante todo
Me pongo de pie ( mientras me saco la galera) y aplaudo vigorosamente
Impresionante informe!! mas ganas de defender con mas fuerza nuestra agua, no aflojemos gente!!!!
Pauli muy bueno lo suyo ( nerd )